Las prepagas deberán informar a la AFIP los datos de algunos de sus clientes
Según la nueva Resolución General 3.270, Deberán suministrar desde de
abril los datos de sus clientes que tengan planes de cobertura de
valores superiores a $ 2.000.
Clarín.-
Las empresas de medicina privada deberán informar desde de abril a la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los datos de los
clientes que tengan planes de cobertura de valores superiores a $
2.000.
La medida se estableció mediante la Resolución General
3.270, publicada hoy en el Boletín Oficial y será de carácter
obligatorio, por lo que las compañías que no cumplan con el suministro
de la información a la AFIP serán sancionadas.
"Las prepagas
deberán suministrar a la AFIP, mensualmente, el nombre y apellido de
sus afiliados, el documento de identidad, el domicilio, datos
descriptivos del vínculo entre la empresa y el titular, el valor de la
cuota y la cantidad de beneficiarios del plan", especificó la AFIP.
Sobre
esta medida, y en medio del recorte general de gastos y subsidios que
está haciendo el Gobierno, la AFIP indicó que, desde hace tres años,
viene implementando una serie de regímenes de información "para obtener
datos que manifiesten consumos en sujetos con determinada capacidad
contributiva". En ese sentido, aseguró que las "tarjetas de crédito y
débito y los colegios privados son algunos de los mecanismos
implementados desde 2009".